Por los razonamientos anteriormente esgrimidos, este Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad que le confiere la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación ejercido en fecha 27 de octubre de 2008 por la parte actora, en contra de la decisión proferida en fecha 13 de agosto de 2008 por el Juzgado Décimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, la cual queda confirmada con la motivación aquí expuesta, y parcialmente con lugar el recurso de apelación ejercido por la parte actora, contra la sentencia interlocutoria de fecha 12 de abril de 2005.
SEGUNDO: CON LUGAR la demanda nulidad de matrimonio impetrada por TOMAS DARÍO VÁSQUEZ GONZÁLEZ y RUBÉN ERNESTO M. VÁSQUEZ GONZÁLEZ, en contra de la ciudadana C.....