Se declara:
PRIMERO: Se REVOCA por contrario imperio, el auto de Admisión de la incidencia de Estimación e Intimación de Honorarios Profesionales de fecha 05 de junio de 2007.
SEGUNDO: La NULIDAD de todas las actuaciones posteriores al auto de Admisión dictado en fecha 05 de junio de 2007, que rielen exclusivamente a dicho Cuaderno Separado
TERCERO: IMPROCEDENTE la demanda por ESTIMACIÓN E INTIMACIÓN DE HONORARIOS PROFESIONALES intentado por el abogado MARIO RAMÓN MEJÍAS DELGADO actuando en su propio nombre y representación, contra el ciudadano KAMAL RAFAEL LÓPEZ AUDE, ambos debidamente identificados en autos; toda vez que la misma debe ser por vía autónoma y principal ante un Tribunal Civil competente por la cuantía, siguiendo para ello el procedimiento establecido por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia.