En merito de lo anterior, este Tribunal Superior Decimo de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara LA PERDIDA DEL INTERES PROCESAL Y EN CONSECUENCIA EL ABANDONO DEL TRAMITE, en el presente recurso contencioso administrativo de nulidad, interpuesto por los abogados CARLOS PAEZ-PUMAR y MARIA DEL CARMEN LOPEZ LINARES, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros 72.029 y 79.492, respectivamente, actuando en su carácter de apoderados judiciales del ciudadano TULIO ENRIQUE MOLERO ROMERO, titular de la cédula de identidad N° 3.279.910 mediante la cual solicita que se declare la nulidad del Acto Administrativo contenido en la Providencia Administrativa N° 965-05, dictada por la INSPECTORÍA DEL TRABAJO EN EL ESTE DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, en fecha 8 de diciembre de 2005.-