Por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, con sede en Valencia, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: HOMOLOGA el DESISTIMIENTO del procedimiento incoado por la entidad de trabajo TRANSPORTE ONKAR C.A, contra la providencia administrativa Nº 163, de fecha 05 de marzo de 2015, expediente Nº 080-2014-01-01832, emitida por la INSPECTORÍA DEL TRABAJO NAGUANAGUA, SAN DIEGO y LAS PARROQUIAS SAN JOSE, CATEDRAL, RAFAEL URDANETA y SAN BLAS DEL MUNICIPIO VALENCIA DEL ESTADO CARABOBO.
SEGUNDO: Se le otorga al presente desistimiento carácter de COSA JUZGADA y se declara terminado el presente proceso.
TERCERO: No hay condenatoria en costas, dada la naturaleza del fallo.