Este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Palavecino y Simón Planas de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de Ley y a tenor de lo previsto en el artículo 383 ordinal "b" de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, homologa el acuerdo suscritos entre Samir José Arrieche y Josmely Samiralim Arrieche Saavedra, titulares d la cédula de identidad Nros. V-7.428.161 y V-26.732.604, respectivamente. En consecuencia, se declara la EXTINCIÓN de la Obligación de Manutención, solicitada por el ciudadano SAMIR JOSÉ ARRIECHE, en contra de la ciudadana JOSMELY SAMIRALIM ARRIECHE SAAVEDRA, ambos identificados en autos, en efecto, se da por terminado el presente procedimiento. Se levanta la medida de retención dictada en contra de la obligación de manutención ordenada por el Juzgado de Protección de Barquisimeto en fecha 04 de julio de .....