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| Decisiones del dia 08/04/2010 |
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| N° Expediente :
AP11-R-2009-000479
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N° Sentencia :
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Fecha: 08/04/2010 |
Procedimiento: Cobro De Bolivares |
Partes: BOLIVAR BANCO, C.A VS VICENTE ALBERTO BASTIDAS NAVEA Y MAGALY MARIA CORDERO JAIME |
Resumen:
Por todos los razonamientos anteriormente expresados, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas se declara INCOMPETENTE para seguir conociendo de la presente causa. Asimismo, analizados como han sido los preceptos normativos y jurisprudenciales anteriores, y subsumidos al caso en concreto, este juzgador a fin de salvaguardar los principios de la celeridad y economía procesal, ORDENA la remisión del presente expediente al Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, que resulte competente previa distribución, a fin de que dicho Tribunal se pronuncie respecto del recurso de apelación propuesto. Cúmplase. Así se decide.-
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Juez/Ponente:
Luis Rodolfo Herrera
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Organo:
Juzgado Segundo Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito
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| N° Expediente :
AH19-V-1996-000018(501-96)
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N° Sentencia :
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Fecha: 08/04/2010 |
Procedimiento: Solicitud |
Partes: SOLICUTUD DE TASACIÓN DE COSTAS EFECTUADO POR EL CIUDADANO: LUIS FRANCISCO GARCIA MARTINEZ |
Resumen:
- II -
DECISIÓN
En virtud de las razones expuestas anteriormente este Juzgado Noveno de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil Bancario con Competencia Nacional y sede en la ciudad de Caracas (En transición), en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, NIEGA LA SOLICITUD DE TASACIÓN DE COSTAS formulada por el abogado LUIS FRANCISCO GARCÍA MARTÍNEZ, apoderado judicial de la parte demandada, sociedad mercantil EDIUNO, C.A., con ocasión a la solicitud que por EJECUCIÓN DE HIPOTECA incoara el BANCO LATINO, S.A.C.A. contra sociedad mercantil EDIUNO, C.A. ampliamente identificados en autos.-
PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE.
Dada, firmada y sellada en el Salón de Despacho del Juzgado Noveno de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil Bancario con Competencia Nacional y sede en la ciudad de Caracas (en transición), en Caracas a los ocho (8) días del mes de abril de dos mil diez (2010). Años 199º de la Independencia y 151º de la Federación.
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Juez/Ponente:
Carolina Garcia
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Organo:
Juzgado Noveno Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito
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| N° Expediente :
AP31-S-2010-007240
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N° Sentencia :
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Fecha: 08/04/2010 |
Procedimiento: Unicos Y Universales Herederos |
Partes: MARÍA CLEOFE DE LAS MERCEDES BERRIO VILLEGAS, CARMEN JOSEFINA BERRIO VILLEGAS |
Resumen:
declara las presentes actuaciones Titulo suficiente que acredita a los ciudadanos: MARÍA CLEOFE DE LAS MERCEDES BERRIO VILLEGAS, CARMEN JOSEFINA BERRIO VILLEGAS, Venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las cédulas de identidad Nos. 976.134 y 927.392 respectivamente, como UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del Cujus ciudadana: JOSEFA MARÍA FORTUNATA BERRIO VILLEGAS, quien falleció en esta ciudad de Caracas, Distrito Capital, en fecha 25 de Mayo de 2.009. Devuélvanse las presentes actuaciones a la parte interesada a los fines legales consiguientes, previa anotación en el Libro Diario llevado en este Tribunal.-
LA JUEZ.
Dra. INDIRA PARIS BRUNI.-
LA SECRETARIA
ABG. MARIELA ARZOLA PADILLA
IPB/MA/lili.-Exp. N° AP31-S-2010-007240
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Juez/Ponente:
Indira Paris Bruni
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Organo:
Juzgado Noveno de Municipio
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| N° Expediente :
AP31-V-2009-004162
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N° Sentencia :
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Fecha: 08/04/2010 |
Procedimiento: Nulidad De Contrato |
Partes: FLOR DE MARÍA PIAMONTE VS MARÍA GERTRUDIS CENTENO DE MEJIAS |
Resumen:
-III-
DISPOSITIVA
Por los razonamientos antes expuestos, este JUZGADO DECIMO CUARTO DE MUNICIPIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara consumada LA PERENCION BREVE DE LA INSTANCIA, por haber transcurrido más de treinta (30) días desde el 14 de diciembre de 2009, fecha en la que se admitió la demanda, sin que conste en autos que la actora haya consignado los emolumentos, a los fines de impulsar la citación, procediendo el supuesto de hecho contenido en el ordinal 1° del artículo 267 y el artículo 269, ambos del Código de Procedimiento Civil.
Debido, a la naturaleza del presente fallo, no hay condenatoria en costas conforme lo dispuesto en el artículo 283 del Código de Procedimiento Civil.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada.
Dada, sellada y firmada en la Sala de Despacho del JUZGADO DECIMO CUARTO DE MUNICIPIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN .....
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Juez/Ponente:
Dayana Del Valle Ortiz Rubio
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Organo:
Juzgado Decimo Cuarto de Municipio
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