En virtud de lo expuesto este Tribunal de Primera Instancia en Función de Ejecución del Sistema Penal de Responsabilidad Penal del Adolescente en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara efectuado y actualizado el cómputo en la presente causa seguida XXXXXXXXXXX; por la comisión del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL CALIFICADO CON ALEVOSÍA, previsto en el artículo 406 numeral 1 del Código Penal, en perjuicio del ciudadano XXXXXXXX, quien cumple la medida de privación de libertad , por el lapso de TRES AÑOS (03) y CUATRO (04) MESES, donde se determino que lleva privadO UN (01) AÑO DOS (02) MESES y DOCE (12) DIAS, faltándole por cumplir DOS (02) AÑOS UN (01) MES Y DIECIOCHO (28) DIAS , que vencerán el 26 -04-2016.
Cómputo que se realiza con fundamento en las atribuciones conferidas en los artículos 646 y 647 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes y 474 del Decreto con Rango Valor y Fuerza de ley del Código Org.....