este Tribunal Superior Sexto de lo
Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas,
administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
I. Se ADMITE provisionalmente el recurso contencioso tributario interpuesto el 06 de mayo de 2024, por el apoderado judicial de la Sociedad Mercantil "CARDIO RITMO, C.A."
II. PROCEDENTE la medida cautelar solicitada conjuntamente con la interposición del recurso contencioso tributario por la contribuyente "CARDIO RITMO, C.A."
III. Se ORDENA a la Gerencia de la Aduana Principal Aérea de Maiquetía del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria, que acepte fianza solidaria y suficiente por el monto de OCHOCIENTOS TREINTA Y OCHO MIL CUATROCIENTOS CUARENTA Y CUATRO BOLÍVARES CON OCHENTA Y TRES CÉNTIMOS (Bs. 838.444,83), emitida por una compañía de seguros venezolana, por las cantidades siguientes que garantizarán el Impuest.....