En mérito de los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del estado Lara, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: CON LUGAR la demanda de Divorcio 185 del Código Civil, en concordancia con Sentencia de la Sala Constitucional del Máximo Tribunal, y plasmada en sentencia N° 1070 del nueve (09) de diciembre de 2016, intentado por la ciudadana NATALY CAROLINA BASTIDAS SALCEDO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-17.229.562, representada por su apoderada judicial la abogada YESSICA SURÁN BRITO, inscrita en el I.P.S.A bajo el N° 186.797, contra el ciudadano JONNATHAN LEANDRO GUARATE SOLORZANO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-20.473.293.-
SEGUNDO: Como consecuencia del particular anterior DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL, celebrado .....