Este Tribunal de Juicio N0. 5 del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad que la Ley emite los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: REVOCA LA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE LA PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD del ciudadano ALEXIS ENRIQUE TOVAR GUTIERREZ, ampliamente identificado en autos, y en consecuencia SE ORDENA SU APREHENSIÓN CAUTELAR en el Centro Penitenciario Centro Occidental de URIBANNA a la orden de este Tribunal, todo de conformidad con lo dispuesto en el 260; 262.2°y 3°; 250 y 251.4 todos del Código Orgánico Procesal Penal. Cúmplase.
SEGUNDO: Se deja sin efecto la fecha de celebración del juicio oral y público prevista para el día 17-08-2002, la cual se fijará verificada como sea la aprehensión del imputado de marras.