Con fundamento en todo lo antes expuesto, este Tribunal Unipersonal Tercero de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara NO CULPABLE, a la acusada YELITZA DEL CARMEN RODRIGUEZ LAYA, venezolana, natural de Nurucual, estado Sucre, de 34 años de edad, nacida en fecha 20/05/1980, soltera, de profesión u oficio Obrera, titular de la cedula de identidad Nro. V-15.249.073, hija de los ciudadanos Francisco Rodríguez y Marian Laya, residenciado en Arapo, vía Nacional Santa Fe Puerto la Cruz, calle la Flores, cerca de la escuela Bolivariana, parroquia Raúl Leoni, Estado Sucre, de la comisión del delito de VIOLENCIA SEXUAL EN GRADO DE COMPLICIDAD NO NECESARIA, previsto y sancionado en el artículo 43 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia en concordancia con el artículo 84 numeral 3 del Código Penal, perjuicio de LEXIMAR DEL CARMEN.....