Se declara INADMISIBLE la demanda interpuesta por el ciudadano Manuel Antonio Sosa Torrealba, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad V-10.266.124, debidamente asistido por el abogado en ejercicio Uniquer Antonio Díaz Rodríguez, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 200.454, contra el ciudadano Manuel Vicente Sosa Meléndez, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad V-4.129.367, con motivo de Interdicto de Amparo por Perturbación a la Posesión.