declara CON LUGAR el Recurso Contencioso Administrativo de Nulidad interpuesto por el abogado JESÚS CABALLERO ORTÍZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 4.643, en su carácter de apoderado judicial del INSTITUTO NACIONAL DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE TERRESTRE, contra la Providencia Administrativa Nro. 00214-07, dictada por la Inspectoría del Trabajo en el Este del Área Metropolitana de Caracas, en fecha 26 de marzo de 2007, en el expediente Nº 027-06-01-02756, en virtud, de la solicitud de reenganche y pago de salarios caídos incoado por el ciudadano Marco Igor Marín, identificado en autos. Y consecuentemente se declara nula la providencia administrativa Nro. 00214-07, dictada por la Inspectoría del Trabajo en el Este del Área Metropolitana de Caracas, en fecha 26 de marzo de 2007, en el expediente Nº 027-06-01-02756, en virtud del vicio de nulidad absoluta que sobre la misma recae, ex artículo 19 numeral 4 de la Ley Orgánica de Procedimientos Administrativos