VI
DISPOSITIVO DEL FALLO
Por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia y actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la pretensión de amparo constitucional interpuesta por el ciudadano JORGE LUIS D`LIMA en su carácter de Presidente de la sociedad mercantil DEPOSITARIA JUDICIAL VENEZUELA, C.A. (DEPOVEN), debidamente representada por el abogado HECTOR LOPEZ MENDEZ, todos debidamente identificados supra, contra la decisión dictada en fecha 7 de enero de 2009 por el Juzgado Séptimo de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil, Bancario con Competencia Nacional y Sede en la Ciudad de Caracas, que declaró parcialmente con lugar la objeción presentada por la representación judicial del BANCO MERCANTIL, C.A., BANCO UNIVERSAL a la cuenta presentada por el ciudadano.....