Se dictó SENTENCIA INTERLOCUTORIA, mediante la cual se declaró CON LUGAR EL RECURSO DE APELACIÓN interpuesto en fecha 25 de abril de 2011, por la abogada María Isabel Petit, en su carácter de apoderada judicial de la parte actora, contra la sentencia interlocutoria dictada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Lara, de fecha 13 de abril de 2011, en el juicio de partición, interpuesto por la ciudadana Ramona Consuelo Jiménez, contra el ciudadano Euclides José Pinto Adán. Quedó asÍ REVOCADA LA SENTENCIA dictada en fecha 13 de abril de 2011, por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Lara.