En consecuencia, visto el anterior acuerdo transaccional, y verificado que ambas partes presente en este acto, poseen facultades para transigir como se evidencia de los poderes que cursan en autos, este Juzgado de conformidad con las previsiones del artículo 19 de la Ley Orgánica del Trabajo, los Trabajadores y Trabajadoras, procede a impartirle la HOMOLOGACIÓN a la presente transacción en los términos expuestos, dándole efectos de cosa juzgada.