Por las razones anteriormente expuestas éste Tribunal de Primera Instancia Penal en Funciones de Control, Audiencias y Medidas Nº 03 en Violencia contra la Mujer del Circuito Judicial Con Competencia en Delitos Contra la Mujer del estado Lara, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, resuelve lo siguiente: PRIMERO: Se ORDENA LA AMPLIACIÓN DEL PLAZO DE PRUEBA, que le fuera impuesto al ciudadano DENNY JAVIER JIMENEZ MENDOZA, Titular de la Cédula de Identidad N° (...), de conformidad con lo dispuesto en el artículo 47 numeral 2 del Código Orgánico Procesal Penal, por UN (01) AÑO, debiendo cumplir con la obligación de
1.- Se le impone la obligación permanecer en su residencia y en caso de cambio de domicilio debe informar al Tribunal, cada seis meses, de conformidad con el numeral 1 del ejusdem.
2.- La obligación de terminar la escolaridad (bachillerato) de conformidad con el numeral 5.
3.- Prestar servicios o labores a favor del Estado o institució.....