DISPOSITIVA
En base a las consideraciones expuestas, este Tribunal en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, en ejecución de sentencia, ordena al joven plenamente identificado, a cumplir las siguientes sanciones:
Imposición Reglas de Conducta, por el lapso de un (1) año, se le imponen las siguientes obligaciones:
1.- Residir en la dirección que tiene registrada en el tribunal
2.- Prohibición de Portar Armas de Fuego, chopos, facsímiles armas blancas o de cualquier tipo, así como sus balas y municiones
3.-Prohibición de salir después de las diez de la noche y pernoctar fuera de su casa
4.- Comenzar o finalizar su escolaridad si no la tiene cumplida, aprender una profesión u oficio y consignar las respectivas constancias.
5.- Prohibición de consumir sustancias estupefacientes y psicotrópicas
6.- Prohibición de consumir bebidas alcohólicas
Servicio a la Comunidad por el lapso de seis meses