PRIMERO: Verificado como ha sido la totalidad de la presente causa donde se constato que ciertamente el joven sancionado Verificado como ha sido la totalidad de la presente causa donde se constato que ciertamente el joven sancionado, (IDENTIDAD OMITIDA), titular de la cedula de identidad Nº 17.388.273, quien dijo estar residenciado en: Las Adjuntas, Vía hacia Macarao, frente  a  la Plaza de Macarao, Caracas   se le sanciono con la medida de  LIBERTAD ASISTIDA por el lapso de UN (01) AÑO Y SEIS (06) MESES  por considerarlo responsable del delito de, ROBO AGRAVADO FRUSTRADO, tal y como se desprende de los folios 83 al 86 de la  primera pieza, y evidenciándose que el mismo  dio inicio a su incumplimiento en fecha 03-04-06 folios 208 y se declarara en situación de rebeldía, en fecha  07.10.04, folios  204 al 205, primera pieza, tomando como fecha  para la cual comenzó a correr el lapso legal para que opere la prescripción, de acuerdo a lo establecido en el articulo 616 de la Ley Orgánica P.....