En virtud de las consideraciones expuestas previamente, este JUZGADO SUPERIOR DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO LARA, actuando en sede constitucional, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto en fecha 11 de Julio del 2011, por la parte querellante ya identificada, contra la sentencia dictada en fecha 07 de Julio del 2011 por el Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara.
Se REVOCA PARCIALMENTE la sentencia recurrida en cuanto a la declaratoria de improcedencia del querellante respecto a la ejecución del reenganche acordado. En consecuencia se ordena al juzgado a quo continúe con la ejecución de la sentencia que se encuentra firme. Así se decide.
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No hay condenatoria en costas dada la naturaleza del presente fallo.
Expídase copia certificada de la presente sentencia para ser agrega.....