DISPOSITIVA:
Por lo anteriormente expuesto, este Juzgado de Control N° 6 del Circuito Judicial Penal del estado Lara, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley emite los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: Acuerda la revisión de la medida cautelar sustitutiva a la privación de libertad al ciudadano: VICTOR MANUEL VIZCAYA PEREZ, titular de la cédula de identidad nro. 17.307.396, imponiéndole en su lugar la contenida en el artículo 242 numeral 9no del Código Orgánico Procesal Penal, como es presentación cada vez que el Tribunal lo requiera .-
SEGUNDO: Todo conforme al contenido de los artículos 250 Y 242 del Código Orgánico Procesal Penal en concordancia con el artículo 26 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.- Notifíquese a las Partes.- Líbrese los correspondientes oficios.- Regístrese, Publíquese.- Cúmplase.-
El Juez
El Secretario
Abg. Amelia Jiménez García