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Decisiones del dia 08/08/2014

Formato:  Ficha  Lista

Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Puerto Cabello y Juan José Mora del Circuito Judicial Civil, Mercantil y del Tránsito, Extensión Puerto Cabello.
Paginas 1 [Total de sentencias: 3] Página 1 de 1
N° Expediente : GP31-S-2014-000499 N° Sentencia : PJ0082014000135 Fecha: 08/08/2014
Procedimiento:
Divorcio (Artículo 185 - A Del Código Civil)
Partes:
SOLICITANTES: MEDARDO ENRIQUE REYES Y KARINA YSABEL MOGOLLON VILLEGAS, VENEZOLANOS, MAYORES DE EDAD, CÉDULAS DE IDENTIDAD NOS. V-12.423.281 Y V-13.664.957 RESPECTIVAMENTE, DE ESTE DOMICILIO. ABOGADO ASISTENTE: OSWALDO JOSE RUBIO LOPEZ, INSCRITO EN EL INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL DEL ABOGADO BAJO EL NO. 202.070, Y DE ESTE DOMICILIO.
Resumen:
En razón de todo lo antes expuesto, este TRIBUNAL CUARTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL CIRCUITO JUDICIAL CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO. EXTENSIÓN PUERTO CABELLO. Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR, la solicitud de DIVORCIO 185-A, interpuesta por los ciudadanos: MEDARDO ENRIQUE REYES Y KARINA YSABEL MOGOLLON VILLEGAS, venezolanos, mayores de edad, cédulas de identidad Nos. V-12.423.281 y V-13.664.957 respectivamente, ambos de este domicilio, asistidos por la abogada OSWALDO JOSE RUBIO LOPEZ, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el No. 202.070, y de este domicilio. En cuanto a los hijos, manifiestan los solicitantes que procrearon durante su unión conyugal una hija la cual tiene 20 años de edad, tal como consta en Acta de Nacimiento que corre inserta en los folios 6 y 7, con razón a los bienes que liquidar.....
Juez/Ponente:
María José Ambrosino Arrevillaga
Organo:
Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Puerto Cabello y Juan José Mora del Circuito Judicial Civil, Mercantil y del Tránsito, Extensión Puerto Cabello.
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N° Expediente : GP31-S-2014-000534 N° Sentencia : PJ0082014000136 Fecha: 08/08/2014
Procedimiento:
Declaracion De Unicos Y Universales Herederos
Partes:
DIONAURA DUBINE VALERIO GARCIA Y JOSE ENRIQUE ESCALONA BAUTISTA, VENEZOLANOS, MAYORES DE EDAD, TITULARES DE LAS CEDULAS DE IDENTIDAD Nº V-12.426.574 Y V-8.613.282 RESPECTIVAMENTE Y DE ESTE DOMICILIO, ACTUANDO EN SU NOMBRE PROPIO Y REPRESENTACIÓN; ASISTIDOS POR EL ABOGADO GUSTAVO ADOLFO SEQUERA, INSCRITA EN EL INPREABOGADO Nº 54.928
Resumen:
Por todo lo antes expuesto, este TRIBUNAL CUARTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL CIRCUITO JUDICIAL CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO. EXTENSIÓN PUERTO CABELLO. Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, resuelve DECLARAR suficiente las probanzas evacuadas para acreditarle a los ciudadanos DIONAURA DUBINE VALERIO GARCIA Y JOSE ENRIQUE ESCALONA BAUTISTA, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cedula de identidad Nº V-12.426.574 Y V-8.613.282, respectivamente; en su condición de UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del De Cujus RONALD ENRIQUE ESCALONA VALERIO, quien era venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-24.498.164, de este domicilio, quien era su hijo, fallecido ab-intestato en fecha 10/07/2014, con vocación hereditaria, con todos los derechos y atributos que acuerda la Ley, como también a salvo los derechos de terceros, de conformi.....
Juez/Ponente:
María José Ambrosino Arrevillaga
Organo:
Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Puerto Cabello y Juan José Mora del Circuito Judicial Civil, Mercantil y del Tránsito, Extensión Puerto Cabello.
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N° Expediente : GP31-S-2013-000413 N° Sentencia : PJ0082014000137 Fecha: 08/08/2014
Procedimiento:
Separacion De Cuerpos (Conversión De Divorcio)
Partes:
SOLICITANTES: CARMEN NORELYS DERSY BORREGALES Y GUILLERMO ENRIQUE PADRON LEDEZMA VENEZOLANOS, MAYORES DE EDAD, LEGÍTIMOS CÓNYUGES ENTRE SÍ, TITULARES DE LAS CÉDULAS DE IDENTIDAD Nº V- 13.665.692 Y V-7.055.870, RESPECTIVAMENTE, DOMICILIADOS AMBOS EN MORÓN MUNICIPIO JUAN JOSÉ MORA, ESTADO CARABOBO. ABOGADO ASISTENTE: JOSE RAMON TOVAR, INSCRITO EN EL INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL DEL ABOGADO BAJO EL Nº 48.946 Y DE ESTE DOMICILIO.
Resumen:
Transcurrido el lapso legal correspondiente luego del abocamiento y vista la manifestación de ambos cónyuges, el Tribunal acuerda de conformidad con lo solicitado, en consecuencia se realizan las siguientes consideraciones: Habiendo transcurrido el lapso establecido en la Ley, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 185 del Código Civil, considerando quien decide no ser necesaria la notificación del Fiscal del Ministerio Público por iniciarse este procedimiento como una separación de cuerpo no contenciosa, donde la voluntad de las partes esta evidenciada plenamente en autos, tal como lo establece el articulo 131 del Código de Procedimiento Civil; este Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Circuito Judicial Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Extensión Puerto Cabello, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA LA CONVERSION EN DIVORCIO;.....
Juez/Ponente:
María José Ambrosino Arrevillaga
Organo:
Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Puerto Cabello y Juan José Mora del Circuito Judicial Civil, Mercantil y del Tránsito, Extensión Puerto Cabello.
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