Por las razones precedentes, este Juzgado Superior Tercero en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, NIEGA por improcedente la solicitud de auto para mejor proveer conforme a lo establecido en los artículo 514 y 520 del Código de Procedimiento Civil, realizada por el abogado Juan Carlos Barreto Bastidas, actuando como mandatario del ciudadano JOSE ALBERTO ABAD LUGO (demandante), en el juicio que por restitución de servidumbre de paso incoara este último en contra del ciudadano JOSE MIGUEL RUIZ CARDENAS.
Publíquese y regístrese la presente decisión.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Superior Tercero en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en la Ciudad Capital de la República Bolivariana de Venezuela, a los ocho.....