– IV –
DISPOSITIVA
En fuerza de los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Segundo de Municipio Ejecutor de Medidas e Itinerante de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: LA PRESCRIPCIÓN de la acción cambiaria ejercida por la ciudadana JULIA DEL CARMEN MENA TORRES contra los ciudadanos ARELIS JOSEFINA CAMEJO SEIJAS y ANTONIO PESTANA GARCÍA, todos plenamente identificados en el encabezado del presente fallo.
SEGUNDO: Se condena en costas a la parte demandante por resultar perdidosa en este proceso.