/Este Tribunal de Control N° 1 del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Administrando justicia en nombre de la República de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECRETA LA PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD contra de los ciudadanos: LUIS LEONARDO ANGULO GIMÉNEZ y RICHARD DANIEL FLORES DURAN, antes identificados, por la comisión de los delitos de Robo Genérico, previstos y sancionados en el artículo 457 del Código Penal. Por cuanto están dados los presupuestos del Artículo 250 del Código Orgánico Procesal Penal. Se acordó el Procedimiento Abreviado. Notifíquese a las partes. Cúmplase.