Por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Duodécimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia el nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad que le confiere la Ley, declara SIN LUGAR LA APELACION interpuesta por la representación judicial de la parte demandada, ciudadana ZORAYA TIBISAI BORDONES PALACIOS, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V.- 5.530.765, en contra de la decisión dictada por el Juzgado Segundo de Municipio de la Circunscripción Judicial del Area Metropolitana de Caracas, en fecha 25 de julio de 2008, y en consecuencia:
PRIMERO: Se declara inadmisible la tacha incidental planteada por la representaron judicial de la ciudadana Soraya Tibisai Bordones Palacios, en contra del instrumento autenticado ante la Notaría Pública Novena del Municipio Baruta del Estado Miranda, el 15 de marzo de 2007, bajo el Nº 8, tomo.....