este Tribunal Segundo de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley procede a CONDENAR al acusado FRANCISCO JOSÉ GUZMÁN ROJAS, venezolano, natural de El Pilar, Estado Sucre, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 19.315.817, nacido en fecha 09-01-1988, de 24 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio obrero, y residenciado en el Barrio Canchunchu Viejo, Calle Bolívar, Casa N° 08, Carúpano, Municipio Bermúdez del Estado Sucre, a cumplir la pena de CUATRO (04) AÑOS, DOS (02) MESES Y VEINTE (20) DIAS DE PRESIDIO, mas las accesorias de ley por la comisión de los delitos de HOMICIDIO INTENCIONAL EN GRADO DE COMPLICIDAD, previsto y sancionado en el artículo 405, en relación al artículo 84, ordina1º del Código Penal, y de LESIONES PERSONALES GRAVES, previsto y sancionado en el artículo 415 del Código Penal, en relación con el art.....