este Juzgado Superior Primero Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, decide:
PRIMERO: HOMOLOGAR la presente TRANSACCIÓN, y en consecuencia, LA PASA CON AUTORIDAD DE COSA JUZGADA, se declara TERMINADO el presente juicio.
SEGUNDO: En cuanto a la solicitud realizada en escrito presentado, donde solicita tres (03) juegos de copias certificadas de la presente Homologación, se acuerda de conformidad. En consecuencia, expídase copia certificada de lo solicitado, de conformidad con el artículo 112 del Código de Procedimiento Civil. Una vez certificadas las copias, entréguesele a los solicitantes.
TERCERO: En atención a lo solicitado por las partes en el escrito de Transacción, SE ACUERDA el levantamiento de las medidas decretadas por el Tribunal a-quo en fecha 16-01-2023 en el cuaderno de medidas N° KH01-X-2022-000049, sobre el 50% de los siguientes bie.....