En consecuencia, este TRIBUNAL SEXTO DE LOS MUNICIPIOS ORDINARIOS Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, declara INADMISIBLE la solicitud de DIVORCIO POR DESAFECTO propuesta por el Abogado en ejercicio RICKI MORILLO, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 188.722, actuando en como Apoderado Judicial de la ciudadana KAREN PATRICIA MEJIA DE LA HOZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. V-26.780.722, domiciliada en el Municipio Maracaibo del Estado Zulia, tal como se evidencia en Poder Autenticado emitido ante la Notaria Publica Séptima del Municipio Maracaibo del Estado Zulia, anotado bajo el Nro. 59, tomo 17, inserto en los folios 189 hasta el 191, y de igual manera, como abogado asistente del ciudadano JORMAN ENRIQUE MENDEZ ALVARADO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-24.257.529, en virtud de no haber sido firmado el escrito .....