Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Vigésimo Cuarto  de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley  DECLARA: CON LUGAR LA ACCIÓN INTERPUESTA, en el presente juicio, por la ciudadana LISETTE OFELIA LINARES SANCHEZ, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad N°. 12.747.150, contra  la empresa  "UNISPACE EQUIPOS, S.A.", inscrita ante el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda, en fecha 12 de agosto de 1993, bajo el expediente Nº:400147, Tomo 62-A Pro, quien deberá  cancelar a la parte demandante la cantidad de Bs. 360.668.905,40 más lo que resulte de la experticia complementaria del fallo ordenada ut supra, de conformidad con lo explanado en la motiva del presente fallo. Se condena en.....