Anunciado como ha sido el acto en la Sala de Espera de los Juzgados de Sustanciación, Mediación y Ejecución, se deja constancia de la comparecencia de las abogadas LENIS ROSELIN BARRAL APONTE y ANA MARIA AÑEZ MUÑOZ, inscritas en el Inpreabogado bajo los Nos 85.903 y 61.699, respectivamente, con el carácter de apoderadas judiciales de la demandada, quienes consignan copia simple del instrumento poder que acredita su representación constante de tres (03) folios útiles así como su original a los fines de su confrontación y sustitución emitida por la Dra. GLADYS GUTIERREZ ALVARADO, Procuradora General de la República. Asimismo se deja constancia que transcurridos cincuenta (50) minutos sin que compareciera la parte actora Ciudadano ANTONIO GUTIERREZ RODERO ni por si ni por medio de apoderado judicial alguno, se procedió conforme a lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, y en consecuencia, este Juzgado de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nomb.....