´RESUELVE: declarar "ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS" a los ciudadanos OLGA CRISTINA FLORES OCHOA, MILA LORENZA FLORES OCHOA y ARNALDO JOSE FLORES OCHOA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V-4.271.593, V-1.334.239 y V-4.868.560, respectivamente en su condición de hermanos del De Cujus JOSE GREGORIO FLORES OCHOA, y ASÍ SE DECIDE. Devuélvase las actuaciones a la solicitante.
Publíquese, regístrese y déjese copia.
Dada, firmada y sellada en la Sala de este Despacho del TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS BEJUMA, MONTALBAN Y MIRANDA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, en Montalbán a los ocho (08) días del Mes de Noviembre del año Dos Mil Veinticuatro (2024). Años: 214° de la Independencia y 165° de la Federación.´