DISPOSITIVA
En mérito de las consideraciones que anteceden, este Juzgado Sexto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, a tenor de lo dispuesto en el encabezamiento del artículo 315 del Código Orgánico Procesal Penal, ORDENA EL CESE DE LAS MEDIDAS CAUTELARES SUSTITUTIVAS A LA PRIVACION DE LIBERTAD que en fecha 15 de noviembre de 2005 éste Juzgado de Control impuso al ciudadano JUAN CARLOS MOLINA COLMENÁREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 17.357.289, a tenor de lo dispuesto en el ordinal 3° del artículo 256 del Código Orgánico Procesal penal por la presunta comisión del delito de Ocultamiento de Arma de Fuego, previsto y sancionado en el artículo 277 del Código Penal, por ser procedente y ajustado a la normativa procesal penal el decreto de Archivo Fiscal que como acto conclusivo ordenó la Fiscalía Séptima del Ministerio Público en el .....