DECISION
Por las razones, motivaciones y fundamentos antes expuestos, este TRIBUNAL SUPERIOR SEGUNDO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la parte demandada y recurrente.
SEGUNDO: SE CONFIRMA la sentencia de fecha 05 de Diciembre de 2014, dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo.
TERCERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda interpuesta por el ciudadano HECTOR LUIS GALEA BAEZ, titular de la Cédula de Identidad Nº V-7.055.190 contra MUNICIPIO VALENCIA DEL ESTADO CARABOBO.
PUBLIQUESE, REGISTRESE, Y DEJESE COPIA de conformidad con lo establecido en los artículos 247 y 248 del Código de procedimiento Civil.
SE ORDENA LA NOTIFICACION DEL ALCALDE DEL MUNICIPIO VALENCIA, SINDICO DE MUNICIPIO VALENC.....