Visto el recurso contencioso administrativo de nulidad conjuntamente con medida cautelar innominada de suspensión de efectos, interpuesto por DAVID GRUSZKA, titular de la cedula de identidad número V- 17.423.587, actuando en su carácter de Director de la sociedad mercantil CONSTRUCTORA D&G, C.A., inscrita ante el Registro Mercantil Cuarto de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y del Estado Bolivariano de Miranda en fecha 12 de febrero de 2010, quedando anotado bajo el número 76, Tomo 03-Cto, debidamente asistido por el abogado José Rafael Salazar Navas, Inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 123.286, contra la DIRECCIÓN DE INGENIERIA MUNICIPAL DEL MUNICIPIO CHACAO DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA, según lo previsto en los artículos 9 y 25 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, y revisados los extremos del artículo 33 ejusdem, este Tribunal lo ADMITE cuanto ha lugar en derecho, salvo su apreciación en la definitiv.....