En consecuencia, este Tribunal en vista de la que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, da por concluido el proceso, y por cuanto no vulnera derechos irrenunciables de los trabajadores, ni normas de orden público, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley se Homologa la presente transacción dándole efectos de Cosa Juzgada, se da por terminado el presente procedimiento y se ordena el archivo del presente asunto. E igualmente se entregan los respectivos escritos de pruebas conjuntamente con sus probanzas las cuales fueron consignadas en apertura de audiencia preliminar. Este Juzgado procede a entregar a las partes las respectivas pruebas conjuntamente con sus anexos presentadas en apertura e la audiencia preliminar Así mismo , visto lo solicitado por las parte demandadas de proveer tres juegos de copias certificadas, este juzgado provee lo solicitado orde.....