Dispositiva:
Por los motivos antes expuestos, este Juzgado del Municipio Sucre del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley ORDENA la reposición de la causa al estado de NO ADMISION de la solicitud de Reconocimiento de Instrumento Privado intentado por la ciudadana: Carmen Isidra Camargo, y en consecuencia de conformidad con lo establecido en el artículo 206 del Código de Procedimiento Civil, se declarar la nulidad todas las actuaciones subsiguientes al auto de admisión de fecha 07/12/05.
Dado, sellado y firmado en la sala de Audiencias del Juzgado del Municipio Sucre del Primer Circuito de La Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa. En Biscucuy, a los nueve (09) de Enero del dos mil seis. AÑOS: 195° Y 146°.-
La Juez,
Abg. Thayrahyr Sáez de Oliveros
El secretario
Juan Manzanilla
Exp N° 981/05