En virtud de las anteriores consideraciones, este Juzgado Primero Superior del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: Primero: Sin lugar el recurso de apelación ejercido por la demandada, contra la sentencia dictada por el Juzgado 1° de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de este circuito Judicial, de fecha 30.10.2006. Segundo: Con lugar la demanda incoada por Pedro Alberto Cano Pérez, titular de la cédula de identidad N° 11.935.686, contra la Unidad Educativa Instituto Acacentro, y se condena a este último a cancelar al accionante, la cantidad de Dos Millones Seiscientos Treinta y Dos Mil Ochocientos Ochenta y Cinco Bolívares exactos (Bs. 2.632.885,00), por los conceptos declarados procedentes, más lo que resulte de la experticia complementaria del fallo, ordenada por el a quo. Tercero:.....