este Tribunal acoge el criterio manifestado por el Tribunal Supremo de Justicia, por consiguiente mal podría exonerar a una de las partes del deber que tiene de suministrar los gastos para costear el transporte o traslado y/o gastos de manutención y hospedaje del alguacil, cuando alguna de las notificaciones haya que cumplirse en lugares que disten más de quinientos metros de la sede del Tribunal. Así se decide.-