ESTE TRIBUNAL CUARTO DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO SUCRE, ACTUANDO COMO JUZGADO UNIPERSONAL, EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, declara NO CULPABLE y en consecuencia SE ABSUELVE al acusado JAVIER ALEXANDER CEDEÑO, venezolano, titular de la cédula de identidad Nº 17.972.346, obrero, hijo de Gilberto Rodríguez y Felicia Cedeño, domiciliado en Urbanización Brasil, Sector 03, Vereda 01, Casa 02, Cumaná, Estado Sucre, de la comisión de los delitos de ROBO AGRAVADO, PRIVACION ILEGITIMA DE LIBERTAD y ROBO DE VEHICULO EN GRADO DE COOPERADOR INMEDIATO, previstos y sancionados en los artículos 458 y 174 primer aparte del Código Penal y artículo 5 de la Ley Sobre Hurto y Robo de Vehículo Automotor respectivamente en concordancia con el artículo 83 del Código Penal con las agravantes del artículo 6 numerales 1, 2, 3, 6 y 8 del Código Penal, en perjuicio de ALFONSO FRANCO, DORIS MALAVE MEDINA, DIOBER JOSÉ MORENO, JEAN CARLOS MEDINA, EMP.....