En mérito de la anterior exposición este Tribunal Vigésimo Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE la solicitud de RECTIFICACIÓN DE ACTAS CIVILES solicitada por la ciudadana YLLEMAR SIERVO ALVARADO, titular de la cédula de identidad Nº V- 10.072.866.-
REGÍSTRESE Y PUBLÍQUESE.-
Dada, firmada y sellada en la Sala de despacho del Juzgado Vigésimo Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en Los Cortijos de Lourdes, a los Nueve (09) días del mes de Enero del año Dos Mil Dieciocho (2018). 207 Años de Independencia y 158 Años de Federación.
LA JUEZ,
ERICA CENTANNI SALVATORE.-
LA SECRETARIA
IDALINA PATRICIA GONCALVES.-
ECS/IPG/nm.....