DECISION
En base a las consideraciones expuestas, este Tribunal en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, en ejecución de sentencia, ordena al joven IDENTIDAD OMITIDA, plenamente identificado, a cumplir las siguientes sanciones:
Reglas de Conductas, por el lapso de un (01) año, se le imponen las siguientes obligaciones
1.- Residir en la dirección registrada en este Asunto, y cualquier cambio deberá manifestarlo al tribunal competente.
2.- Prohibición de portar armas de fuego.
3.- Culminar sus estudios de educación básica en la Misión Robinsón
4.-Prohibición de comunicarse con las víctimas.
5.-Incorporarse al Hospital Psiquiátrico Unidad de Agudos, a fin de recibir tratamiento de desintoxicación de drogas.
Libertad Asistida: Por el lapso de un (01) año:
Queda sometido el adolescente a la orientación del Equipo Técnico Multidisciplinario, adscrito al Programa de Atención a Niños y Adolescentes.....