Este Juzgado aprecia que efectivamente la solicitud efectuada por la abogada Rossangel Atencio Carrasquero, mediante la cual propuso el DESISTIMIENTO del presente procedimiento, cumple cabalmente con los extremos legales consagrados en los artículos 263 y 264 del Código de Procedimiento Civil, razón por la cual le imparte su HOMOLOGACIÓN.