Declara IMPROCEDENTE la solicitud de la Defensa Técnica de revisión de medida en la causa que se le sigue al ciudadano al ciudadano DOUGLAS RUIZ ALVARADO, titular de la cedula de identidad número (...), por cuanto considera quien juzga que no han variado las circunstancias que dieron lugar a la imposición de la medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad decretada en contra de dicho ciudadano de marras en fecha 28 de agosto de 2015, en la audiencia de oral, donde le fue imputado el delito de FEMICIDIO AGRAVADO, previsto y sancionado en el artículo 58 NUMERAL 3° de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en concordancia con el artículo 80 del Código Penal, con la agravante del artículo 217 de la Ley Orgánica de Protección de Niño, Niña y Adolescente, y el articulo 77 numeral 8° del Código Penal. SEGUNDO: Se mantiene la medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad del ciudadano DOUGLAS RUIZ ALVARADO, titular de la cedula de ide.....