En consecuencia vistas las consideraciones anteriores, este Juzgado Primero Superior del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: Primero: Con lugar el recurso de apelación ejercido por la parte demandada contra la decisión del Juzgado 29° de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, de fecha 13 de febrero de 2007, que dejó constancia de la incomparecencia de la parte demandada a la audiencia preliminar y ordenó la remisión del asunto a los Juzgados de Juicio. Segundo: Se anula, por razones de orden público (artículos 26 y 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela), la decisión apelada y se repone la causa al estado procesal en el cual el Juez 29° de Sustanciación, Mediación y Ejecució.....