Este TRIBUNAL TERCERO DE LOS MUNICIPIOS VALENCIA, LIBERTADOR, LOS GUAYOS, NAGUANAGUA Y SAN DIEGO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, de los ciudadanos y ciudadanas que lo integran y por autoridad de la ley, declara CON LUGAR la solicitud de divorcio formulada por los ciudadanos FREDY DEL CARMEN SANDOVAL y ANA VICTORIA LOPEZ, venezolanos, mayores de edad, cónyuges entre sí, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-3.257.127 y V-3.574.705 respectivamente, de éste domicilio, y en consecuencia, se declara DISUELTO el vínculo conyugal que los unía desde el día 03 de Julio de 1.969, fecha en la cual contrajeron Matrimonio Civil por ante la Prefectura del municipio Santa Rosa, (hoy parroquia), Distrito Valencia (hoy Municipio Valencia). Acta de Matrimonio bajo el Nº 166, Folio: 172, Tomo: Nº 1, Año 1.969.