Primero: Parcialmente Con lugar la demanda, todo en el juicio incoado por el ciudadano Banix Alberto Almeida Pérez venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad número V-13.528.825 contra la República Bolivariana de Venezuela por órgano del Ministerio del Poder Popular para la Planificación y Desarrollo., y en consecuencia, Segundo: Se confirma la decisión recurrida, con las motiva expuesta en este fallo, Tercero: Se ordena notificar de la presente decisión a la Procuraduría General de la República, de conformidad con el artículo 95 del Decreto con fuerza de Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República. Una vez se consigne en el expediente la notificación de la Procuraduría, se comenzará a computar un lapso de suspensión de treinta días continuos, a cuyo término se iniciará el lapso de cinco (5) días hábiles para el ejercicio de los recursos legales pertinentes. Así se decide.