Por las razones antes expuestas, este Juzgado Superior Octavo de lo Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Capital, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE POR CADUCO el recurso contencioso administrativo funcionarial interpuesto por el abogado ARTURO ISABEL MORONTA HERRERA, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 150.909, actuando en su carácter de apoderado judicial del ciudadano JESUS RAFAEL BLANCO LEON, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad No. 6.732.870, contra el acto administrativo de efectos particulares contenido en la Resolución No. 078/2016, de fecha 30 de noviembre de 2016, dictada por el Director General del Instituto Autónomo de Protección Civil y Administración de Desastres del estado Bolivariano de Miranda, de conformidad con lo establecido en los artículos 35.1 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa y 94 de l.....