Por todos los argumentos y consideraciones explanadas, este Juzgado Primero de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón con sede en Santa Ana de Coro, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley Declara: Con lugar las medidas cautelares solicitadas por el Ministerio Público en contra del ciudadano ANDRÉS RAFAEL HIDALGO ROSSELL, arriba bien identificado, por estimar que se encuentra incurso en la comisión del delito de Lesiones Personales Leves, previsto y sancionado en el artículo 416 del Código Penal vigente en perjuicio de la niña IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTICULO 65 DE LA LOPNA, de conformidad con el artículo 256 ordinal 3° del Código Orgánico procesal penal en concordancia con el artículo 253 ejusdem , consistente en la presentación Cada Treinta días, contados a partir de la presente fecha, ante la oficina de Alguacilazgo de este mismo Circuito .....