siendo las diez y diez minutos de la mañana, se traslado este juzgado en compañía del apoderado judicial de la parte actora, abogado Manuel Rubial Cancillo, Inpreabogado Nro. 17.101, en la siguiente dirección señalada por la representación de la parte actora a fin de constituirse el Tribunal: Avenida La Industria, Edificio Ditalia, Planta Baja, Agencia Bancaria Corp Banca, C.A., La Candelaria, Municipio Libertador, Distrito Capital, a fin de practicar de la medida de EMBARGO EJECUTIVO.-Una vez en la entidad bancaria, el Tribunal es atendido por Anjenet Rojas Elisandres, V.-10.541.931, a quien se le dio lectura del contenido del mandamiento de ejecución, informando la notificada ser Gerente encargada de la entidad bancaria Corp Banca, C.A., agencia La Candelaria.-Una vez notificada la gerente de la entidad bancaria por el Tribunal, el apoderado judicial de la parte actora, expone: Señalo para ser embargado ejecutivamente el monto disponible en la cuenta corriente signada bajo el Nro. .....